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 Necesidades Educativa Especiales

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karlalopez




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MensajeTema: Necesidades Educativa Especiales   Necesidades Educativa Especiales Icon_minitimeLun 30 Mar 2009, 10:54 am

Las necesidades educativas especiales
En el informe Warnock (1978) aparece por primera vez el término necesidades educativas especiales. Este informe inspiraría más tarde la nueva ley de educación de 1981 en Gran Bretaña.
El concepto de Necesidad educativa tal como lo enfoca la nueva ley, es clave. Se considera que un niño o una niña necesitan una educación especial si tienen alguna dificultad en el aprendizaje que requiera una medida educativa especial.
El concepto de dificultad de aprendizaje es relativo; se da cuando un niño tiene una dificultad para aprender significativamente mayor que la mayoría de los niños de su misma edad, o si sufre una incapacidad que le impide o dificulta el uso de las instalaciones educativas que generalmente tienen a su disposición los compañeros de su misma edad.
En cuanto a la medida educativa especial, también es un concepto educativo, y se define como una ayuda adicional o diferente respecto de las tomadas en general para los niños que asisten a las escuelas ordinarias. En el libro blanco para la reforma del sistema educativo, en su capítulo X, se introduce el concepto de necesidades educativas de esta forma:
"Partiendo de la premisa de que todos los alumnos precisan a lo largo de su escolaridad diversas ayudas pedagógicas de tipo personal, técnico o material, con el objeto de asegurar el logro de los fines generales de la educación, las necesidades educativas se predican de aquellos alumnos que, además y de forma complementaria, puedan precisar otro tipo de ayudas menos usuales. Decir que un determinado alumno presenta necesidades educativas es una forma de decir que para el logro de los fines de la educación precisa disponer determinadas ayudas pedagógicas o servicios. De esta manera, una necesidad educativa se describe en término de aquello que es esencial para la consecución de los objetivos de la educación".
Educación especial es aquella destinada a alumnos con necesidades educativas especiales debidas a sobredotación intelectual o discapacidades psíquicas, físicas o sensoriales. La educación especial en sentido amplio comprende todas aquellas actuaciones encaminadas a compensar dichas necesidades, ya sea en centros ordinarios o específicos.
Aunque la atención educativa a deficientes sensoriales (generalmente auditivos y visuales) se viene prestando en España desde el s. XVI la adopción legal del término educación especial es reciente viniendo a sustituir a otros aun vigentes en ciertos países de Hispanoamérica como defectología que tienen evidentes connotaciones negativas.
En los últimos años del siglo XX se ha propuesto en España y otros países la sustitución del término educación especial por el de necesidades educativas especiales siguiendo las recomendaciones del informe Warnock, publicado en 1978 y difundido a lo largo de la década siguiente. Esta nueva definición supone hacer énfasis en la concepción de la educación básica como un servicio que se presta a la ciudadanía para que alcance sus máximas potencialidades y por tanto en la obligación del sistema de proporcionar apoyos y medios técnicos y humanos para compensar los déficits del alumnado en el acceso a los aprendizajes básicos imprescindibles para afrontar la vida adulta
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